Sra. Mila Jelavic, Defensora de los niños de la República de Croacia

Sra. Mila Jelavic, Defensora de los niños de la República de Croacia

Nacional
Croacia
Mrs. Mila Jelavic, Ombudsman for children in the Republic of Croatia

El Parlamento Nacional Croata nombró a la Sra. Jelavic como Defensora de Menores en el 2006. Es licenciada en Derecho y lleva trabajando 23 años en temas relacionados con la protección de la infancia y los derechos de la familia.

Desde el 2001 hasta el momento de su nombramiento como Defensora de Menores, trabajó como Jefe del Departamento para la Protección de Niños y Niñas, Familias y Tutores del Ministerio de Salud y Bienestar Social.

La Sra. Jelavic participó en el trabajo del equipo operativo redactando el Informe Inicial sobre la Situación de los Derechos del Niños en la Republica de Croacia según la Convención de NNUU sobre los Derechos del Niño y era coordinadora del equipo operativo para redactar el Segundo Informe.

Además es miembro del equipo operativo que redacta la Estrategia para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación. También es miembro del grupo de trabajo que prepara las negociaciones para el Capítulo 23 del acervo comunitario de la Unión Europea – 'Legislación y Derechos básicos'.

Además, la Sra. Jelavic participó en la redacción de muchas regulaciones jurídicas relacionadas con la protección de los derechos y el bienestar del niño. También ha publicado ensayos profesionales.

PREGUNTA.- ¿Cuál es la situación de los niños en Croacia? ¿Y cómo asegura el Defensor de Niños de la República de Croacia la protección efectiva de los niños en el caso de violación de sus derechos?

RESPUESTA.- La República de Croacia es un estado que firmó y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño. Esto significa que asumió todas las obligaciones proviniendo de la Convención y, para eso enmendó sus leyes y regulaciones y las puso en línea con este documento internacional. El Defensor de los Niños protege, hace el seguimiento y promueve los derechos e intereses de los niños en base a la Constitución, los acuerdos y las leyes internacionales (artículo 2 de la Ley sobre el Defensor de los Niños, OG 96/03). El Defensor lo hace tratando las quejas individuales de las violaciones de los derechos del niño, lanzando iniciativas generales, participando en reuniones de expertos y científicas, haciendo declaraciones públicas, colaborando con las organizaciones internacionales y de otras formas. Está autorizada a dictar avisos, propuestas y recomendaciones. Nuestro objetivo es conseguir una protección efectiva de los intereses de los niños, evaluando cuidadosamente el interés superior del niño en cada caso individual relacionado con cada denuncia sobre violaciones de los derechos de los niños que recibimos; a través de una cooperación y comunicación continua; y también presentando protestas, avisos y buscando cambios en el trabajo de los organismos encargados de implementar las leyes en un caso particular.

En el año 2008, la Oficina del Defensor trató 989 denuncias individuales de violaciones de los derechos del niño y 1.086 casos relacionados con iniciativas generales cuyo objetivo es trabajar proactivamente para anticipar y prevenir actividades perjudiciales que ponen a los niños en situación de riesgo, y ayudar a fortalecer la protección integral del niño. Uno de los motivos más comunes para presentar una queja al Defensor era la violencia contra y entre los niños. Sin embargo, también ha habido quejas sobre el sufrimiento de los niños durante divorcios conflictivos de los padres.

Durante el 2008 la Oficina participó en la aprobación de 22 leyes y otras regulaciones proporcionando propuestas. Desafortunadamente, aunque se confirmaron generalmente nuestras propuestas y recomendaciones como bien fundadas, muchas de ellas no fueron incorporadas en estas leyes por no haber sido aceptadas también por la entidad que proponía la ley. Solo un cuarto de nuestras propuestas fueron aceptadas e incorporadas en las leyes.

P.- ¿Cuáles son las principales estrategias y objetivos para el Estado así como de la sociedad civil para proteger a los niños en el contexto de la posguerra?

R.- Una de las consecuencias de la Guerra y posguerra y los desarrollos relacionados con la transición, es la inseguridad y la pobreza económica de los ciudadanos croatas, que se refleja inevitablemente en la calidad de vida de los niños, sobre todo en áreas que estaban ocupadas y posteriormente reintegradas en la República de Croacia.

Otra consecuencia del sufrimiento soportado por la población durante la guerra es el gran número de pacientes con Trastorno por estrés postraumático (TEPT), sobre todo veteranos, que se refleja inevitablemente en la calidad de las dinámicas interpersonales dentro de las familias y en la protección de los intereses de los niños. Queremos destacar que las organizaciones no gubernamentales han contribuido mucho a los esfuerzos dirigidos a la reconstrucción de las comunidades y han trabajando con la población traumatizada en el territorio reintegrado. El gobierno de la República de Croacia también adoptó la Estrategia Nacional para la Protección contra la Violencia Doméstica 2008-2010.

En la Región croata del Danubio (Hrvatsko Podunavlje), niños de origen croata y serbio aún reciben educación por separado. Con la ayuda de estudiantes de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, que participaron en un estudio sobre sistemas educativos separados, y la ONG Centro de Diálogo Nansen, que ha desarrollado un nuevo Proyecto de Escuela para la Educación Integrada de todos los Niños, hay intentos de curar las divisiones entre los niños. La Oficina del Defensor del Niño también está implicada en este proyecto. La Oficina daba apoyo al proyecto educativo integrado y pensaba que estaba de acuerdo con el interés superior de los niños.

La Oficina del Defensor participa también en otras actividades cuyo objetivo es la protección de niños afectados por la guerra y sus consecuencias, de acuerdo con el Plan de Acción Nacional para los Derechos e Intereses de los Niños 2006-2012. Una de las actividades importantes dentro del campo de trabajo de la Oficina es sensibilizar sobre la necesidad de proteger a los niños de las minas y artillería no explosionada, sobre todos a través de recomendaciones a los organismos competentes y la participación en debates públicos y mesas redondas sobre este tema.

La Ley sobre los Derechos de los Veteranos de la Guerra de la Patria y sus Familiares (OG 174/04 y 92/05) prescribe que los hijos de los Veteranos de la Guerra de la Patria tienen derecho a unas prestaciones por discapacidad familiar y una pensión de supervivientes en la educación regularizada o hasta que estén trabajando, pero no durante de más de 12 meses después de haber completado su educación. A la hora de participar en los procedimientos de contratación después de haber terminado su educación, estos niños tendrán prioridad sobre otros candidatos al empleo con los mismos requisitos. También tienen derecho a adquirir acciones en ciertas empresas. Los hijos de veteranos muertos, detenidos o desaparecidos y los hijos de los veteranos de la Guerra de la Patria discapacitados tienen derecho a libros de texto gratuitos durante la educación primaria y secundaria y tienen prioridad para su colocación en los hogares de alumnos o estudiantes.

P.- ¿Cuál es la situación real de la delincuencia juvenil en Croacia? ¿Qué cifras y detalles destacaría?

R.- Durante los últimos años no ha habido ningún aumento drástico en la delincuencia juvenil. Por ejemplo, en el 2008, se denunciaron un total de 3896 jóvenes autores de delitos criminales, lo que significaba una caída del 1,4% en comparación con el 2007. Sin embargo los delitos tomaron formas más serias y hubo más delitos con elementos de violencia. El número de reincidentes está aumentando, lo cual es una indicación de la insuficiente eficacia de los sistemas de prevención e intervención. El sistema de bienestar social, el cual ya está bastante sobrecargado, lleva a cabo la mayoría de las actividades preventivas, mientras que otros sistemas (ej.: el sistema educativo) son más bien pasivos cuando se trata de prevención e intervención temprana.

Estamos preocupados por la falta de infraestructuras residenciales separadas para los jóvenes en los centros de detención ya que están mayoritariamente alojados junto con adultos detenidos. También nos preocupa el hecho de que las sanciones alternativas no pueden ser implementadas debido a un número insuficiente de centros de asesoramiento a los que se podrían derivar a los jóvenes.

P.- El OIJJ viene desarrollando recientemente una Campaña Internacional sobre la asistencia legal para niños en conflicto con la ley. Como miembro del Consejo Ejecutivo de la Asociación Internacional para el Derecho Penal (International Association for Criminal Law (AIDP)), ¿cuál es su perspectiva y punto de vista sobre la situación de la asistencia legal para niños en conflicto con la ley?

R.- En Croacia los casos de delincuencia juvenil son tratados según la Ley de Tribunales Juveniles, que es una lex specialis dentro del sistema de derecho penal. Lleva 11 años en vigor ahora y fue redactado según el modelo de las leyes juveniles contemporáneas en Europa. Está completamente conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño y con los enfoques modernos hacia el tratamiento de los jóvenes autores de delitos penales. Se pone énfasis en la educación y no en el castigo y se da prioridad a la aplicación de sanciones alternativas donde sea posible.

Esta Ley contiene muchas disposiciones específicas para niños, teniendo en cuenta sus necesidades de desarrollo específicas. Por ejemplo, los procesos penales en los que hay jóvenes implicados, son tratados por divisiones especiales compuestas por jueces de menores y fiscales que están especialmente formados en el trabajo con jóvenes. Tanto los jueces como los fiscales se nombran para un periodo de 5 años y tienen que mostrar fuertes deseos de trabajar con niños. También asisten a sesiones de formación especiales cuyo objetivo es subir el nivel de su sensibilidad hacia los niños y de sus conocimientos sobre cómo relacionarse con ellos. Las divisiones juveniles también emplean varios expertos asociados (pedagogos sociales, psicólogos o trabajadores sociales), quienes trabajan con niños a lo largo de los procedimientos judiciales. El mismo juez lleva tanto los procedimientos previos al juicio como el juicio, y después de la decisión final, él o ella supervisan la aplicación y la calidad de la implementación de la sanción impuesta. Todos los procedimientos se hacen a puerta cerrada y no pueden ser cubiertos por los medios de comunicación.
La detención preventiva solo se puede aplicar en casos excepcionales y durante la menor duración posible. La duración máxima legal de la detención preventiva para menores es de tres meses. Se puede imponer prisión solo a menores que eran mayores de 16 años a la hora de cometer el delito. Aquellos que eran menores de 16 años solo pueden recibir sanciones correccionales.

La edad de responsabilidad penal son 14 años. Niños menores de catorce años solo pueden ser sujetos a las medidas de protección legales-familiares definidas por la Ley de la Familia.

Tenemos que destacar que, a pesar de las buenas soluciones legales para responder ante la delincuencia juvenil, se han encontrado con muchas dificultades a la hora de implementar y hacer respetar las medidas correccionales, lo cual la Oficina ha mencionado ya en varias ocasiones en sus declaraciones, recomendaciones, avisos y propuestas.

P.- ¿En qué contexto se aprobó la Ley Penal para Jóvenes en Croacia y cuáles son los principios fundamentales de este texto? ¿Qué lugar se le da a las medidas preventivas en la Ley de los Tribunales Juveniles (Juveniles Courts Act (JCA))? Por favor, dénos el enlace del documento de la ley penal para jóvenes.

R.- La Ley de Tribunales Juveniles es aplicable a los autores juveniles de delitos penales que tenían entre 14 y 18 años a la hora de cometer el delito, pero, en algunos casos, también se puede aplicar a infractores jóvenes adultos, p.ej. aquellos menores de los 21 años. La Ley también regula ciertos temas relacionados con la protección de los niños bajo la ley penal. El principio básico es que el comportamiento del menor debería ser modificado a través de la protección y la educación, y se deberían aplicar las medidas represivas solo en caso de los delitos más graves y reincidencia persistente. Se pone el énfasis en las sanciones alternativas. En el 2008, el 50% de los casos fueron resueltos durante la fase preliminar previa al juicio imponiendo sanciones alternativas. Esto tuvo dos efectos, p.ej. los menores se motivaron para cambiar su comportamiento y el volumen de trabajo de los tribunales se redujo.

P.- ¿Qué circunstancias se consideran ‘factores de riesgo’ hoy en día en Croacia en cuanto a la delincuencia futura? ¿Cuáles son las iniciativas para prevenir que los niños que viven en circunstancias con un factor de riesgo alto se conviertan en futuros delincuentes?

R.- Los factores de riesgo son los mismos que en el resto de Europa: inseguridad material, influencia negativa de los medios de comunicación, debilitamiento del papel de la familia en la educación de los niños, uso de métodos educativos pasivos-permisivos, etc. Cuando se trata de la prevención, se lanzaron algunas iniciativas en Croacia, pero eran insuficientes y faltaba coordinación. Se debería prestar más atención a la prevención temprana y a los factores de bajo riesgo para prevenir que las situaciones se hagan más complejas (prevención primaria). La mayoría de los programas preventivos de este tipo deberían ser implementados en escuelas, organizaciones de ocio y tiempo libre y ONG. También nos preocupa el aumento en el número de informes de niños menores que están bajo la edad de responsabilidad penal (menores de 14 años) así como demonizar públicamente a los niños que muestran problemas de comportamiento y aquellos que participaron en delitos penales.

P.- ¿El sistema legal para niños en Croacia prevé medidas de prevención? En caso afirmativo, ¿son implementadas? ¿En qué medida?

R.- Las medidas preventivas no son desarrolladas e integradas suficientemente en las leyes. Es por eso precisamente que no producen los resultados esperados. No hay sistemas de detección o intervención temprana para niños expuestos a factores de riesgo y sería muy apropiado implementar estos sistemas en escuelas. Las actividades de prevención primaria son llevadas a cabo por los servicios de asesoramiento en los Centros Familiares, instituciones bajo la competencia del Ministerio de la Familia, Asuntos de Veteranos y Solidaridad Intergeneracional. En cuanto a la prevención secundaria, se ha demostrado que las medidas y respuestas de intervención existentes implementadas en las leyes croatas son insuficientemente eficaces, lo cual se demuestra en el índice elevado de la frecuencia de reincidencias entre niños y menores.

P.- ¿Cuál es la situación de los jóvenes y los jóvenes adultos detenidos en Croacia? ¿Se les permite a los jóvenes adultos terminar su medida privativa de libertad dentro del sistema de justicia juvenil? ¿Cuántos menores aproximadamente están detenidos actualmente?

R.- Según la Ley de los Tribunales Juveniles, los menores pueden ser detenidos previo al juicio por un periodo máximo de tres meses durante los procedimientos. Una pena de prisión solo se les puede imponer a menores mayores de 16 años en el momento de cometer el delito y solo para los delitos más graves, si el tribunal considera que el fin del castigo no se puede conseguir con medidas correccionales. Jóvenes adultos pueden estar sujetos a medidas correccionales hasta que tengan 23 años.

El 31 de diciembre del 2008, en los dos reformatorios croatas había en total 47 niños detenidos.

P.- ¿De qué instrumentos dispone el sistema de justicia juvenil croata para ayudar a prevenir la reincidencia juvenil? ¿Qué tipo de programas se están llevando a cabo actualmente? ¿Cuál es el índice de reincidencia en Croacia?

R.- El objetivo de aplicar todas las medidas correccionales es conseguir lo que se llama “intervención especial”, p.ej. para prevenir la reincidencia de los delincuentes. Las medidas correccionales se aplican gradualmente, es decir, a un menor que repite el delito se le da una sanción correccional más estricta. Las medidas correccionales incluyen, entre otras cosas, tratamiento para la toxicomanía, asesoramiento, protección y supervisión intensificados, disciplinar, permanencia diaria en una institución de bienestar social, colocación permanente en una institución correccional que implica la variación de los tipos de programas de tratamiento.

Estamos preocupados por el hecho de que del 36% de los menores (1.401) reincidió en el 2008, 640 (el 45,7%) ya habían recibido una sanción.

P.- En cuanto al sistema de justicia juvenil en Europa, ¿qué tipo de colaboración existe entre Croacia y los otros Estados Miembros de la Unión Europea? ¿Existen acuerdos bilaterales? ¿La UE en sí proporciona seguimiento en el campo de la justicia juvenil?

R.- Por lo que sabemos, hay un programa de cooperación colateral entre el Ministerio de Justicia y la Fundación alemana para la Asistencia Legal Internacional (IRZ Foundation), que organizó un seminario en el Colegio de Abogados croatas sobre el tema “Delincuencia juvenil, víctimas adolescentes, tribunales juveniles”. El proyecto “Niños en la Unión – Derechos y Potenciación” se implementa también junto con Suecia. El tema de este proyecto es la protección de los niños víctimas de la delincuencia.

P.- ¿Qué recursos de ayuda psicológica, mental están disponibles para jóvenes con tales necesidades en Croacia? (es decir, menores que viven con factores de riesgo elevados y también delincuentes reales) ¿Existen unidades específicas oficiales para este grupo?

R.- Hay centros de asesoramiento que operan dentro de organizaciones no gubernamentales. También se prevén servicios de asesoramiento en los Centros Familiares que tratan exclusivamente con la prevención primaria de los problemas de salud mental. Cuando se trata de prevención secundaria, actualmente no hay centros de asesoramiento para niños y jóvenes que ya han tenido problemas de comportamiento y/o mentales. La Oficina del Defensor ha mencionado este problema en varias ocasiones ante los organismos competentes y ha emitido avisos y recomendaciones sobre la necesidad de establecer estos centros de asesoramiento. La Ley sobre la Aplicación de Sanciones contra Menores para Delitos Penales y Menores entrará en vigor pronto y resolverá este problema hasta cierto punto. La Oficina hizo comentarios y recomendaciones sobre alguna de sus disposiciones. En cuanto al problema de la adicción, hay centros de orientación en el sector no gubernamental. Cada condado tiene un Centro para la Prevención y el Tratamiento de la Adicción, operativo dentro de la competencia del Ministerio de Salud.

En cuanto a los servicios de psiquiatría para los niños y adolescentes en los hospitales, tenemos que destacar que solamente hay un hospital especializado en psiquiatría para los niños y adolescentes en Croacia, situado en Zagreb. Algunos de los hospitales más grandes tienen salas de psiquiatría para los niños y adolescentes donde los niños reciben sobre todo tratamiento como pacientes externos o se les hospitaliza solamente por periodos breves. Sin embargo todas estas infraestructuras son insuficientes en comparación con las necesidades actuales de este tipo de tratamiento en nuestra sociedad. Un hospital psiquiátrico en Croacia tiene una unidad hospitalaria para niños que fue visitada en varias ocasiones por la Oficina del Defensor del Menor cuando se detectaba comportamientos ilegales y no profesionales en el trabajo con los niños. Gracias a una iniciativa de la Oficina y a base de sus recomendaciones a los organismos competentes, la situación en esta institución ha mejorado en cuanto a la protección de los derechos e intereses de los niños en tratamiento hospitalario.

La Oficina del Defensor ha emprendido y sigue emprendiendo una serie de medidas y actividades para la protección de los niños con problemas de comportamiento en combinación con dificultades mentales.