Bragi Guðbrandsson – Fundador del modelo Barnahus, Miembro del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas
Bragi Guðbrandsson es Miembro del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, además de ser el Coordinador del grupo de trabajo para emergencias del Comité que se encarga de la situación de la infancia en Ucrania después de la agresión rusa. Anteriormente ha sido Director General de la Agencia Gubernamental de Islandia para la Protección de la Infancia (1995-2018). Asimismo, ha sido Presidente (2014-2016) y actualmente miembro del Comité de Lanzarote del Consejo de Europa, el órgano de supervisión del Convenio de Lanzarote. Fue miembro de los grupos de expertos que redactaron el Convenio de Lanzarote (2009) y las Directrices del Consejo de Europa sobre justicia adaptada a la infancia (2010), además de otros varios documentos del Consejo de Europa.
El Sr. Guðbrandsson es el fundador del establecimiento islandés de la Barnahus (Casa de los niños) en 1998, un modelo que sirve de inspiración para dar respuesta a abusos contra niños y niñas de forma multidisciplinar y adaptada a la infancia en cerca de veinte países. Asimismo, es miembro fundador honorario del Proyecto “Promise” (Promesa) que tiene como objetivo la implementación del modelo Barnahus en los países europeos. Este proyecto define Barnahus como “un espacio profesional adaptado a la infancia donde, bajo el mismo techo, profesionales de los cuerpos policiales, la justicia penal, los servicios para la protección de la infancia y los servicios médicos y de salud mental cooperan y evalúan la situación del niño o niña, y deciden las acciones siguientes”.
El modelo Barnahus actualmente está implementado, o en proceso de implementación, en varios países europeos. En base a estas experiencias, ¿cuáles cree que son los obstáculos a los que se enfrenta con mayor frecuencia este proceso? ¿Cómo se pueden superar tales obstáculos?
Los enfoques tradicionales para abordar el abuso y abandono a la infancia se formulan de acuerdo a los diferentes roles y responsabilidades de las entidades legales que se encargan de las intervenciones de los diferentes sectores. Sin un marco claro para la colaboración, estas intervenciones se encuentran fragmentadas y carecen de la estrategia integral y adaptada a la infancia que es necesaria para asegurar que la voz del niño o la niña sea escuchada, a la vez que se evita crear un trauma secundario y se garantizan unos servicios apropiados en concordancia al interés superior de la infancia. El camino para proporcionar reformas difiere de un país a otro, e incluso dentro del mismo país. Sin embargo, hay algunos obstáculos que son más comunes que otros. Pienso que la falta de justicia adaptada a la infancia y el carácter conservador inherente de los sistemas de justicia conforman probablemente el mayor reto a superar.
El modelo Barnahus promueve una evaluación constante de sí mismo para mantenerse actualizado, mejorado y adaptado a cada contexto. ¿Cuál destacaría como una adaptación o actualización reciente o próxima que, en su opinión, representa un avance notable?
Originalmente, Barnahus estaba limitado a la respuesta ante el abuso sexual de la infancia. En la mayoría de los países europeos, actualmente los niños y las niñas que son testigos o víctimas de todos los tipos de violencia, incluyendo la violencia doméstica, son remitidos a una Barnahus. Quizás los avances más notables se presentan en el entorno de las entrevistas forenses basadas en la evidencia y la terapia enfocada en el trauma. Entre las adaptaciones o actualizaciones a reseñar, actualmente los niños y niñas migrantes sin referentes familiares y los solicitantes de asilo, quienes a menudo han sufrido algún tipo de trauma, son remitidos a una Barnahus para entrevistarlos y evaluar sus necesidades de asistencia.
A pesar de que el modelo Barnahus actualmente está implementado principalmente con niños y niñas que son testigos o víctimas, ¿cree que sus principios de adaptación a la infancia pueden aplicarse a los niños y niñas sospechosos o acusados en procesos penales?
Para mí no hay ninguna duda que el enfoque adaptado a la infancia y multidisciplinar se debería implementar con respecto a los niños y las niñas que están en conflicto con la ley. Las Directrices del Consejo de Europa sobre la justicia adaptada a la infancia contienen principios que se deben aplicar a niños y niñas sospechosos de un delito, y estos principios son los mismos que los del modelo Barnahus. Sin embargo, no estoy abogando por que debamos mezclar los dos grupos distintos en las mismas instalaciones, porque la seguridad de las víctimas jóvenes y vulnerables es una prioridad. En cualquier caso, un niño o niña que está en conflicto con la ley tiene los mismos derechos a servicios de calidad que cualquier otro u otra.
Antes de que un caso pueda ser tratado en la Barnahus, alguien debe poder identificar la situación de violencia o abuso que sufre el niño o la niña. ¿Qué medidas de sensibilización promueve Barnahus entre profesionales y sociedad en general para poder identificar tales situaciones?
Los caminos para referir un caso a Barnahus son diversos en distintos países europeos. Sin embargo, el camino más común es que el sistema de protección de la infancia o los servicios sociales hagan la derivación, por lo menos en los países donde hay una legislación obligatoria para denunciar casos posibles de abuso o abandono de un niño o una niña. En algunos países, la policía y el sector médico también pueden hacer derivaciones. Se debe adaptar la sensibilización tanto a estos diferentes sectores profesionales como a personal docente y otros del sector educativo, y es muy importante realizar una labor de sensibilización dirigida a progenitores y sociedad en general. No siempre se le encarga a Barnahus que realice una labor de sensibilización. De todas maneras, dado que las Barnahus son centros de competencias que recogen datos completos y fiables sobre la naturaleza del abuso a la infancia, es posible realizar una difusión del conocimiento, lo cual es crucial para la sensibilización.
En su rol como Miembro del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, ha abordado la problemática del castigo corporal a niños y niñas, que todavía es muy común en muchas partes del mundo. ¿Actualmente, cómo trabaja el Comité a su eliminación?
El Comité principalmente contribuye a la eliminación del castigo corporal a través de su jurisprudencia, como reflejan las Observaciones finales de las evaluaciones sobre la implementación de la Convención en los distintos países. Se evalúa sin excepción la supervisión de medidas legislativas para la prohibición total del castigo corporal en todos ámbitos, lo cual incluye el ámbito familiar, de protección y cuidado de la infancia, educativo, penal y otras instituciones. Además, se evalúa la sensibilización sobre las consecuencias dañinas del castigo corporal y las estrategias para fortalecer la crianza sin violencia, respecto a habilidades para la crianza en particular, y se realizan recomendaciones a cada país en las Observaciones finales. Se realiza un gran énfasis también en la recopilación de datos desagregados y la investigación sobre esta temática, y cómo esto puede apoyar las estrategias contra el castigo corporal de los Gobiernos a nivel estatal, regional y local.
Como Coordinador del grupo de trabajo de emergencias del Comité, ¿puede informarnos sobre cómo trabaja el Comité actualmente para la protección de los derechos de la infancia ucraniana?
Tras la invasión de Rusia, se estableció un grupo de trabajo específico para monitorizar la situación de la infancia en Ucrania, un grupo de trabajo que ahora tiene la tarea más amplia de encargarse de las emergencias con respecto a la violación de los derechos de la infancia. El grupo de trabajo continúa trabajando en Ucrania, especialmente con los niños y las niñas vulnerables, como los que carecen de cuidado parental que están en instituciones residenciales, y los desplazados. El énfasis principal se ha dedicado a la observación, la recopilación de información fiable y la colaboración con el gobierno ucraniano, UNICEF, el Foro Europeo de la Discapacidad (FDE) y otros mecanismos de Naciones Unidas, como por ejemplo el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), con el objetivo de apoyar a los niños y las niñas de Ucrania.
El Comité se involucró en reuniones y correspondencia, además de publicar declaraciones sobre la situación en Ucrania. Asimismo, el Comité ha entregado al Gobierno ucraniano unas directrices sobre las medidas a tomar para garantizar la seguridad y mejorar el cuidado de los niños y las niñas con discapacidades, en particular los que tienen gran necesidad de asistencia. El informe de Ucrania sobre la implementación de la Convención fue evaluado en septiembre de 2022. Tras un diálogo informativo con la delegación ucraniana y en base a nuestras recomendaciones finales proporcionamos directrices integrales sobre la implementación de la Convención bajo las circunstancias adversas de la guerra. Además, nuestro Comité y el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad presentaron conjuntamente en octubre una llamada a la acción urgente para proteger a la infancia en instituciones y con discapacidades, y a inicios de este año el Comité tuvo una reunión informal con la UE sobre las medidas para apoyar a la infancia en el sistema de protección. El Comité continuará su monitorización de los desarrollos que se den en Ucrania y responderá en conformidad.